Àreas peatonales
Consulta pública previa a la regulación de las áreas peatonales
Acerca de este proceso
Este proceso pertenece a Participación en normativa
De acuerdo con lo establecido en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de ordenanza, se lleva a cabo una consulta pública, a través del portal web del Ayuntamiento de Terrassa, con el objetivo de recoger la opinión de los ciudadanos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma y sobre:
- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
- La necesidad y oportunidad de su aprobación.
- Los objetivos de la norma.
- Las posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras
En cumplimiento de lo mencionado, el marco en el que se plantea la nueva norma es el siguiente:
Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa
La ordenanza municipal que regula aspectos relativos a las áreas peatonales es la Ordenanza municipal reguladora de la circulación de personas y vehículos en las vías urbanas aprobada en el Pleno 31/10/1996 y actualizada al Pleno 25.07.2007.
Esta ordenanza presenta disfunciones (contenidos ya derogados, contradicciones con normativa de rango superior o contradicciones con normativa de municipios vecinos) que hay que actualizar y homogeneizar con los municipios de nuestro entorno, especialmente en lo referente a la regulación de bicicletas y vehículos de movilidad personal. Es por eso que hace unos meses el Ayuntamiento de Terrassa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, se llevó a cabo una consulta pública, a través del portal web del Ayuntamiento de Terrassa, con el objetivo de recoger la opinión de los ciudadanos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por una futura ordenanza de movilidad que pretende fusionar contenidos de dos ordenanzas vigentes actualizando diferentes aspectos relativos a la circulación, parada y estacionamiento, retirada, abandono de vehículos y al mismo tiempo regular de forma coordinada con otros municipios la circulación de bicicletas, patinetes y otros ciclos.
La regulación puntual de circulación en las áreas peatonales que se propone a continuación no contradice ningún aspecto relativo a la regulación actual, pero desarrolla con más detalle otros aspectos actualmente no regulados y que se estaban recogiendo a la nueva ordenanza en redacción.
Necesidad y oportunidad de su aprobación
La Comisión Europea empuja los países miembros a un cambio en el modelo de movilidad que se oriente a reducir emisiones con medidas que fomenten el cambio hacia la disminución de los modos de transporte de emisiones, favoreciendo los desplazamientos activos (a pie y en bici ) y en transporte público y / o esquemas de movilidad compartida, tales como bicicleta o coche compartido para reducir la congestión y contaminación. Asimismo también quiere impulsar la transición hacia hacia vehículos de bajo y cero emisiones. Estos objetivos requieren de un conjunto de acciones y marco normativo que adecuado que permita regular el espacio público de forma equilibrada entre todas las formas de desplazamiento.
Asimismo, el Plan de actuación para la mejora de la calidad del aire en las zonas de protección especial del ambiente atmosférico, aprobado por el acuerdo de Gobierno de la Generalidad GOV / 127/2014, obliga a los municipios situados en la zona de protección especial del ambiente atmosférico, entre los que Terrassa, a adoptar una serie de medidas para reducir las emisiones del contaminante dióxido de nitrógeno (NO2) y para las partículas en suspensión de diámetro inferior a 10 micras ( PM10), ya que se sobrepasan los niveles de contaminación determinados por las directivas europeas.
En junio de 2016 el Pleno del Ayuntamiento de Terrassa aprobó un nuevo plan de movilidad urbana sostenible para el período 2016-21, manifestando así su compromiso por el desarrollo sostenible, la lucha contra el cambio climático, la mejora de la seguridad vial y la calidad ambiental.
El plan incorpora un conjunto de medidas para lograr una reducción de la accidentalidad, del ruido y del consumo energético, una mejora de la calidad ambiental y de la habitabilidad de las calles, así como un aumento del grado de autonomía de los niños, de personas mayores y de las personas con capacidades especiales.
Hay que tener presente que los residentes de Terrassa generan más de 700.000 desplazamientos diarios, de los cuales 600.000 son desplazamientos internos, es decir que tienen origen y destino en la ciudad. Asimismo, la ciudad de Terrassa tiene unas condiciones naturales (dimensiones, densidad de población urbana, pendiente de carretera) que resultan muy favorables para insistir en el cambio hacia modos de movilidad de proximidad. Las distancias son cortas y facilitan el ir a pie o en bici. Se observa un envejecimiento de la población que hace necesario aumentar el ritmo en la implementación de mejoras de accesibilidad y seguridad en las calles de toda la ciudad y especialmente de la zona central de la ciudad, donde se concentran 1 de cada 3 desplazamientos diarios. Asimismo, el nivel de compactación de población urbana hace que Terrassa sea muy apto para implantar o reforzar medidas de transporte colectivo combinado con bicicletas, a pie o en vehículos de movilidad personal como patinetes.
Para lograr este cambio en la forma de desplazarnos, el plan de movilidad hace hincapié en dos líneas de actuación: la identificación de una zona de bajas emisiones en el ámbito central de la ciudad y en la transformación de calles los barrios en lugares de preferencia para el peatón, reduciendo la velocidad a 30 km / hy cambiando el uso de algunas calles haciéndoles para peatones, para hacer posible diferentes funciones de la vida ciudadana como la estancia, el juego y la autonomía de los niños, el ocio y la relación social entre vecinos y vecinas. Ambas actuaciones comportarán un reequilibrio del espacio público, reasignar más espacio al peatón, la bicicleta y el transporte público, ya que en la actualidad, el 66% del espacio de las calles está destinado a la circulación de vehículos privados y al estacionamiento y sólo un 34% a los peatones, cuando representan un 60% de la movilidad interna.
2017 el Ayuntamiento elaborado un estudio para determinar los cambios de movilidad a introducir en el futuro ámbito delimitado como Zona de bajas emisiones. Este estudio incluye actuaciones en el interior del ámbito como la delimitación de nuevas calles para peatones, cambios de sentido, medidas de accesibilidad peatonal y mejor condiciones de circulación para la bicicleta. Algunas de estas actuaciones han sido implementadas entre julio y noviembre de 2019 y muchas otras se prevé implementarlas a principios del 2020. Estas son:
1. En el área peatonal del centro actual incorporará las calles de Iscle Soler, Mayor, Horno, Bajo, plaza Dr. Cadevall, un tramo de Cisterna, y también algunos edificios de portal de San Roque y Rambla. Tomará el nombre de área peatonal Plaza Vieja.
2. Aparecerá una nueva área que denominaremos área peatonal Vapor Gran y que incluirá:
- La calle del Valle, Rutlla, Portal Nou, Sant Domenech, Era
- Tramos concretos de las calles de la Cisterna, Colegio, San Francisco, San Genís
Este sector será permeable a todas las personas que tengan el distintivo acreditativo del sector Vapor Gran o o Plaza Vieja y también a las personas que, sin tener acreditación, quieren acceder a los aparcamientos de uso público del sector.
3. También aparecerá un nuevo sector al este que denominaremos área peatonal Paseo y que incluirá Puig Novell, Santiago y el tramo de la Font Vella que todavía está abierta a la circulación de vehículos. San Pablo y Teatro tendrán una circulación restringida pero mantendrá la circulación abierta en dirección a la reserva escolar de la calle San Cristóbal y en el aparcamiento de la Cecot.
Este sector será permeable a todas las personas que tengan el distintivo acreditativo del sector Paseo o Plaza Vieja.
Todas las nuevas áreas peatonales garantizarán el acceso a la distribución de las mercancías en el horario especificado en la normativa.
4. Se creará un nuevo sector denominado área peatonal Vapor Ventalló que incluirá la calle de San Lorenzo entre Zanja y San Isidro, así como las calles de Camino Hondo, Juan Bautista Galí, pasaje del Vapor de la Compañía y plaza del Vapor Ventalló.
5. Se vianalitzaran los siguientes calles aislados sin que configuren un área peatonal:
- San Mariano, el tramo del Obispado de Egara
- San Cristóbal, el tramo entre San Antonio y Garcia Humet.
6. La calle de la Cruz Grande también tendrá restricción de acceso desde la plaza de la Cruz Grande, comenzando así a construir un nuevo ámbito para peatones, llamado área peatonal Sede de Egara, que consolidaremos en una segunda etapa.
Objetivos de la norma
Regular las nuevas áreas peatonales que se implantarán 2020 con los siguientes objetivos destacados:
- Incrementar la seguridad vial y la respetuosa convivencia entre los diferentes modos de transporte.
- Incrementar la protección de la salud, desarrollando medidas previstas en el plan de movilidad y al plan de calidad del aire aprobados por este Ayuntamiento.
- Incidir en la sostenibilidad ambiental mediante el fomento de los desplazamientos activos, del transporte público y del cambio tecnológico en vehículos de bajas emisiones.
- Ordenar el uso de las diferentes vías y espacios públicos urbanos, incrementando zonas seguras, especialmente en zonas sensibles como escuelas, hospitales y residencias para favorecer la salud y autonomía de los niños y personas mayores.
Este redactado también introduce una nueva regulación de la circulación por las áreas peatonales de bicicletas, patinetes y otros vehículos de movilidad personal posibilitando que la circulación de estos vehículos se haga de una forma adaptada y segura y haciéndola compatible con los diferentes usos de la vía pública, dado que el marco regulador estatal se encuentra cada vez más obsoleto y alejado de la realidad urbana actual.
Posibles soluciones alternativas reguladoras o no reguladoras
La opción de no regular esta cuestión ha sido descartada dado que, de acuerdo con el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el municipio es competente en materia de movilidad sostenible, y el artículo 25 de la referida ley establece la competencia de los municipios en materia de tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad.
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