Consejo consultivo y asesor de los servicios públicos de comunicación audiovisual
Consell de participació sectorial. Mandat 2023-2027
Acerca de esta asamblea
El consejo consultivo y asesor de los servicios públicos de comunicación audiovisual, es un órgano de naturaleza consultiva y asesora, y dotado de autonomía funcional, de acuerdo con la composición y funciones establecidas en su reglamento.
Información de contacto
- Teléfono: 937361414
- Email: [email protected]
Objetivos
Garantizar la autonomía de la gestión directa y cotidiana de las emisiones de servicio público, y la participación de los grupos sociales y entidades sin ánimo de lucro más representativos de la ciudad, así como de las formaciones políticas presentes en el consistorio municipal, en la gestión de los servicios públicos de comunicación audiovisual de titularidad municipal.
Funciones
- La emisión de los informes preceptivos previstos en el presente reglamento en relación con la aprobación del contrato-programa y para el nombramiento de la Dirección de los medios municipales, respectivamente.
- La realización de las tareas consultivas y asesoras que le atribuya el contrato-programa.
- La concreción de las condiciones del uso de los distintos medios de comunicación municipales por parte de los grupos políticos constituidos en el seno de la Corporación.
- La elaboración de los informes y la emisión de respuestas a consultas, relativos a la comunicación, que le pueda encargar el Pleno municipal, la Alcaldía o los órganos de dirección del ente gestor, si procede.
- Promover e informar El Estatuto Profesional que garantice los derechos a la libertad de información, la cláusula de conciencia, el secreto profesional y la participación en los procesos relativos al derecho de rectificación y normativas para el desarrollo de la actividad profesional.
- El resto de funciones informativas o consultivas que establezca el presente reglamento.
- El seguimiento y control de los objetivos fijados.
Composición
- Presidente/a del Consejo.
- Vicepresidente/ta del Consejo
- Vocales:
- Un/a representante de cada uno de los grupos políticos municipales constituidos en el seno de la Corporación Municipal que no necesariamente deban ser cargos electos y preferiblemente que sean profesionales con experiencia en el sector, exceptuando los grupos políticos municipales a los que pertenezcan tanto la presidencia como la vicepresidencia.
- Seis personas escogidas por sorteo público entre las entidades que figuran en el registro de entidades (preferiblemente las relacionadas con el sector) y que hayan manifestado interés en pertenecer a este órgano.
- Tres profesionales acreditados en el ámbito de la comunicación general y/o local.
- Dos representantes de los trabajadores de la Sociedad Municipal de Comunicación de Terrassa, escogidos por los mismos.
- Un representante de los trabajadores/as del Servicio de Imagen y Comunicación del Ayuntamiento de Terrassa, escogidos/das por los mismos/as.
- Asimismo tendrá la condición de miembro del Consejo Consultivo y Asesor, el Secretario del Consejo, el cual actuará con voz y sin voto, siendo sus funciones las de levantar acta de las sesiones del Consejo, y todas aquellas otras que legalmente le correspondan de conformidad con la legislación del procedimiento administrativo.
Compartir: